Workers’ comp · Requisitos de la licencia

¿Los contratistas de California necesitan seguro de compensación (workers’ comp) si no tienen empleados?

Todavía no, para la mayoría. En octubre de 2026, un contratista con licencia de la CSLB que no tiene empleados puede presentar una exención en lugar de una póliza, salvo que la licencia incluya C-8, C-20, C-22, C-39 o C-61/D-49, o que su calificador sea un RME. Eso cambia el 1 de enero de 2028: por la SB 1455, toda licencia activa necesitará el seguro, salvo una empresa conjunta sin empleados. La fecha de 2026 de un comunicado de la CSLB de 2022 ya no aplica.

2028Toda licencia activa necesitará el seguro, salvo una empresa conjunta sin empleados (SB 1455)
5Clasificaciones sin exención, aunque no tengan empleados
90 díasPara que tu comprobante llegue a la CSLB después de contratar, no para trabajar sin seguro
50%De las licencias activas tenían una exención registrada, al 31 de julio de 2026
La regla de hoy

¿Quién puede presentar hoy la exención de workers’ comp ante la CSLB?

Puedes presentar la exención de la CSLB en lugar de una póliza solo si se cumplen tres cosas. Tu negocio no emplea a nadie cubierto por las leyes de compensación para trabajadores de California. El calificador de tu licencia no es un RME. Y la licencia no incluye ninguna de las cinco clasificaciones que siempre deben tener seguro. La firma, bajo pena de perjurio, un dueño, socio, funcionario, miembro o gerente (CSLB y B&P 7125, verificado en octubre de 2026).

Puedes presentar la exención si todo esto se cumple

  • Nadie trabaja para ti como empleado. Los vendedores de mejoras para el hogar (HIS) registrados con tu licencia cuentan como empleados.
  • Tu calificador no es un empleado administrativo responsable (RME).
  • Tu licencia no incluye C-8, C-20, C-22, C-39 ni C-61/D-49.
  • Tu licencia está activa. Una licencia inactiva no necesita póliza ni exención.
  • La firma un dueño, socio, funcionario, miembro o gerente.

Necesitas una póliza si se da cualquiera de estos casos

  • Empleas a alguien, aunque sea a una sola persona, de una forma que cubren las leyes de compensación para trabajadores de California.
  • Tienes un vendedor de mejoras para el hogar registrado con tu licencia.
  • El calificador de tu licencia es un RME.
  • Tienes C-8, C-20, C-22, C-39 o C-61/D-49.

También sirve una Certificación de Autoaseguro del Departamento de Relaciones Industriales (DIR).

Cómo presentar la exención

Preséntala en línea con la CSLB, o imprime el formulario 13L-50 (rev. 11/2022), fírmalo y mándalo por correo a la CSLB. Las dos opciones están en la página de formularios de la CSLB. El formulario dice que no lo presentes si tienes empleados, un calificador RME, una licencia inactiva o una de las cinco clasificaciones.

Cómo se registra una póliza

Tu aseguradora presenta ante la CSLB el Certificado de Seguro de Compensación para Trabajadores, en línea o por correo. Solo una aseguradora con licencia para vender ese seguro en California puede presentarlo. El certificado nombra a la CSLB como titular (certificate holder) y lleva el nombre de tu negocio y tu número de licencia o de solicitud.

En cada renovación

Si tienes una exención registrada, la recertificas en el formulario de renovación o mandas un certificado; si no, la CSLB no renueva la licencia. Si la CSLB rechaza la renovación por esto, tienes 30 días desde su aviso para corregirlo y que la renovación cuente desde la fecha del matasellos (B&P 7125.5). Si tienes póliza, anotas sus tres códigos de clasificación principales (B&P 7125.6).

Empresas conjuntas y licencias inactivas

Una licencia de empresa conjunta (joint venture) sin empleados presenta la misma declaración de que no tiene empleados, y conserva esa opción después de 2028. Una licencia inactiva no necesita nada registrado, ni ahora ni después de 2028. Al reactivarla, vuelve el requisito (B&P 7125).

Sin exención

¿Qué licencias necesitan workers’ comp aunque no tengan empleados?

Cinco: C-8 Concreto, C-20 Calefacción por Aire Caliente, Ventilación y Aire Acondicionado, C-22 Reducción de Asbesto, C-39 Techos y C-61/D-49 Servicio de Árboles. Una licencia con cualquiera de ellas debe tener registrada una póliza de compensación, o una certificación de autoaseguro del DIR, tenga o no empleados, según la página de compensación de la CSLB (verificado en octubre de 2026). Techos fue la primera; las otras cuatro se sumaron el 1 de enero de 2023.

Las cinco clasificaciones sin exención de compensación, según el Código de Negocios y Profesiones, sección 7125(b), (f) y (g), y las leyes que fijaron cada fecha (verificado el 20 de octubre de 2026)
ClasificaciónSin exención desdeEn una licencia que además tiene otras clasificaciones
C-8 Concreto1 de enero de 2023 (SB 216)La CSLB quita la C-8 si no llega un certificado válido
C-20 Calefacción por Aire Caliente, Ventilación y Aire Acondicionado1 de enero de 2023 (SB 216)La CSLB quita la C-20
C-22 Reducción de Asbesto1 de enero de 2023 (SB 216)La CSLB quita la C-22
C-39 Techos1 de enero de 2007 (AB 881)La CSLB quita la C-39
C-61/D-49 Servicio de Árboles1 de enero de 2023 (SB 216)La CSLB quita la D-49

En una licencia que solo tiene una de estas clasificaciones, si falta la póliza se suspende toda la licencia de forma automática (B&P 7125.2). Si la licencia también tiene otras clasificaciones, la CSLB quita la obligatoria y solo suspende la licencia si después encuentra empleados sin cobertura (B&P 7125(f) y (g)). La B, la C-10, la C-33 y la C-36, por ejemplo, no están en la lista, así que un negocio de esos oficios sin empleados y sin calificador RME todavía puede usar la exención hasta 2028.

Las fechas

¿Cuándo necesitarán workers’ comp todos los contratistas de California?

El 1 de enero de 2028. La SB 1455 (Capítulo 485, Estatutos de 2024) pasó a esa fecha el requisito para todos los contratistas con licencia, que la SB 216 había fijado en 2022 para el 1 de enero de 2026. Desde 2028, toda licencia activa necesita tener registrada una póliza o un certificado de autoaseguro del DIR. Solo una empresa conjunta sin empleados puede presentar una declaración en su lugar, y las licencias inactivas no necesitan nada (B&P 7125 en su versión de 2028).

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    1 de enero de 2007: primero los techos

    La AB 881 (Capítulo 38, Estatutos de 2006) les quita la exención por no tener empleados a las licencias C-39 de techos, y la AB 2219 (Capítulo 389, Estatutos de 2012) después hace permanente la regla. Hasta 2023, techos era la única clasificación sin exención.

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    30 de septiembre de 2022: se firma la SB 216

    La SB 216 (Capítulo 978, Estatutos de 2022) les quita la exención a las licencias C-8, C-20, C-22 y D-49 desde el 1 de enero de 2023, y fija el 1 de enero de 2026 para todos los contratistas con licencia.

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    11 de octubre de 2022: la CSLB anuncia 2026

    El comunicado de prensa #22-08 de la CSLB dice que todos los contratistas con licencia “necesitarán seguro de compensación para trabajadores para el año 2026”. El comunicado, con su traducción al español, sigue publicado en cslb.ca.gov. Su fecha de 2026 ya no vale.

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    1 de enero de 2023: cuatro clasificaciones más

    Las licencias C-8, C-20, C-22 y D-49 necesitan cobertura aunque no tengan empleados. En licencias activas después del 1 de julio de 2023 que también tienen otras clasificaciones, la CSLB quita la clasificación si no llega un certificado.

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    22 de septiembre de 2024: se firma la SB 1455

    La SB 1455 (Capítulo 485, Estatutos de 2024) pasa la fecha para todos al 1 de enero de 2028, mantiene la exención por no tener empleados hasta entonces y le da a la CSLB hasta el 1 de enero de 2027 para crear una forma de verificar las exenciones.

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    1 de enero de 2026: multas de la SB 291

    Al contratista con licencia que haya empleado trabajadores sin cobertura ahora le corresponde una multa civil mínima de $10,000 por infracción si es propietario único, y de $20,000 si es sociedad, corporación, LLC o negocio tribal (B&P 7125.4).

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    1 de enero de 2027: plazo de la CSLB para verificar

    El B&P 7125.7 exige que la CSLB tenga un proceso, con auditoría, comprobantes u otras pruebas, para revisar que quienes presentan la exención no tengan empleados, y que lo informe a la Legislatura.

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    1 de enero de 2028: cobertura para toda licencia activa

    La exención por no tener empleados se acaba para todos, salvo una empresa conjunta sin empleados. Las licencias inactivas siguen sin necesitar nada registrado.

¿Puede volver a cambiar la fecha de 2028?

Solo con una ley nueva. El B&P 7125 actual queda derogado el 1 de enero de 2028, salvo que una ley posterior, aprobada antes de esa fecha, la elimine o la extienda (B&P 7125(i)). El 20 de octubre de 2026, leginfo no mostraba cambios después de la SB 1455.

La CSLB ya propuso un cambio. Su informe de marzo de 2026 a la Legislatura plantea una exención más estrecha: solo propietarios individuales, sin RME ni vendedor de mejoras para el hogar registrado, sin ninguna de las clasificaciones sin exención (agrega la C-49 Árboles y Palmeras), con un plan de negocios y una cuota de unos $500. Es una propuesta, no una ley.

Contratar

¿Qué pasa cuando contratas a tu primer empleado?

Tu exención deja de valer el día en que empleas a alguien cubierto por las leyes de compensación para trabajadores de California, y todo empleador debe tener cobertura (Código Laboral, sección 3700). La CSLB te da 90 días desde la contratación para que le llegue el comprobante. Ese plazo es para el trámite, no para trabajar sin seguro: el B&P 7125.4 hace causa de disciplina contratar después de presentar una exención “sin antes presentar” un certificado. Así que la póliza debe estar vigente antes del primer día de trabajo.

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    Contrata la póliza antes del primer día

    Consigue una póliza de compensación con una aseguradora autorizada en California, o una Certificación de Autoaseguro del Departamento de Relaciones Industriales. California exige que todo empleador tenga una de las dos (Código Laboral, sección 3700).

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    Tu aseguradora presenta el certificado

    La aseguradora presenta el Certificado de Seguro de Compensación para Trabajadores ante la CSLB, en línea o por correo, con la CSLB como titular y tu número de licencia. En cuanto tienes empleados, tu exención ya no cuenta.

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    Revisa que la CSLB lo tenga dentro de 90 días

    La CSLB acepta un certificado desde su fecha de vigencia si llega dentro de los 90 días siguientes (B&P 7125.1). Después del trámite, busca tu licencia en el sitio de la CSLB para confirmar que aparece la cobertura.

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    Mantenla sin cortes

    No dejes que la cobertura se venza. Si se vence, la licencia se suspende automáticamente, y el trabajo hecho durante la suspensión cuenta como trabajo sin licencia (CSLB).

Quién cuenta como empleado para la exención

  • Los vendedores de mejoras para el hogar (HIS) registrados con tu licencia cuentan como empleados (CSLB).
  • Un calificador RME también cuenta como empleado, así que una licencia calificada por un RME no puede usar la exención.
  • Los ayudantes a quienes pagas con 1099 cuentan como empleados, salvo que puedas demostrar las tres partes de la prueba ABC: trabajan sin tu control, su trabajo queda fuera de la actividad normal de tu negocio y tienen su propio negocio establecido en ese oficio (Código Laboral, sección 2775; la sección 3351 la aplica a la compensación para trabajadores). Si hay un subcontrato por escrito, la sección 2781 usa en su lugar la prueba anterior de la sección 2750.5, pero solo si el subcontratista tiene una licencia de la CSLB que cubra el trabajo y cumple otras cinco condiciones. Según la sección 2750.5, se presume que es empleado quien hace trabajo que requiere licencia sin tener licencia de contratista.
Cumplimiento

¿Qué pasa si se vence tu póliza o tu exención es falsa?

Tu licencia se suspende automáticamente, por ley. La suspensión empieza en la fecha en que vence la cobertura, o en la fecha en que se debía tener, la que llegue primero (B&P 7125.2). El trabajo hecho durante la suspensión cuenta como trabajo sin licencia. Una exención falsa es causa de disciplina. Y desde el 1 de enero de 2026, al contratista con licencia que haya usado trabajadores sin cobertura le corresponde una multa de al menos $10,000 por infracción si es propietario único, o de $20,000 si es una empresa (B&P 7125.4).

Lo que hacen la ley de licencias y el Código Laboral cuando falta la cobertura (verificado el 20 de octubre de 2026)
Qué pasaLa reglaLey
Suspensión automáticaEmpieza en la fecha de vencimiento o en la fecha en que se debía tener la cobertura, la que sea primero. Si la póliza vence, la CSLB manda un aviso, y una suspensión pendiente puede aparecer en el registro de la licencia hasta 45 días antes.B&P 7125.2
Trabajar con la licencia suspendidaCuenta como trabajo sin licencia, y la CSLB puede tomar acción disciplinariaPágina de compensación de la CSLB
Recuperar la licenciaEn cualquier momento, con comprobante de cobertura. Un certificado que la CSLB recibe dentro de los 90 días de su fecha de vigencia cuenta desde esa fecha, y la licencia se restablece hasta ella. Después de 90 días, solo si demuestras que el retraso estuvo fuera de tu control (formulario 13L-49).B&P 7125.1 y 7125.2
Una exención falsa, o emplear sin coberturaCausa de disciplina. Por emplear trabajadores sin cobertura, una multa civil mínima de $10,000 por infracción (propietario único) o de $20,000 (sociedad, corporación, LLC o negocio tribal), y más por infracciones posteriores, hasta $30,000 en total por caso. No hay renovación ni restablecimiento hasta que haya un certificado registrado.B&P 7125.4, modificado por la SB 291, desde el 1 de enero de 2026
El calificadorComete un delito menor si hace estas infracciones o no las impideB&P 7125.4(b)
Orden de paro en la obra (stop order)La CSLB o el Director de Relaciones Industriales pueden ordenar que pare toda la mano de obra de empleados hasta que el empleador tenga cobertura. No respetar la orden es un delito menor: hasta 60 días de cárcel del condado, una multa de hasta $10,000, o ambas.B&P 7127; Código Laboral, secciones 3710.1 y 3710.2

La CSLB lo hace cumplir. Del 1 de enero al 31 de julio de 2026, su Equipo Estatal de Investigación de Fraude (SWIFT) emitió 181 órdenes de paro por usar mano de obra de empleados sin póliza válida, y mandó a fiscales de distrito 25 casos contra contratistas con licencia, sobre todo por no tener seguro de compensación. Al 31 de julio de 2026, 4,733 licencias activas estaban suspendidas por no tener seguro de compensación y 3,137 más tenían una suspensión pendiente (documentos de la reunión de la junta de la CSLB, septiembre de 2026).

Datos de la CSLB

¿Cuántos contratistas de California usan la exención de workers’ comp?

Al 31 de julio de 2026, 121,679 licencias activas, el 50%, tenían una exención registrada. Otras 114,219, el 47%, tenían póliza, según los documentos de la reunión de septiembre de 2026 de la junta de la CSLB. Entre las licencias de Construcción General (B) con póliza o exención registrada, el 59% tenía la exención. Salvo que cambie la ley, toda licencia exenta que siga activa, menos una empresa conjunta sin empleados, necesitará cobertura el 1 de enero de 2028.

Pólizas y exenciones registradas de las licencias activas, por clasificación, al 31 de julio de 2026, según los documentos de la reunión de septiembre de 2026 de la junta de la CSLB
ClasificaciónExenciones registradasPólizas registradasExenciones sobre el total registrado
B Construcción General62,73643,17059%
C-10 Electricidad14,84813,54152%
C-36 Plomería9,4428,30353%
C-33 Pintura8,7947,05255%
C-61 Especialidad Limitada7,32813,16136%
A Ingeniería General5,2879,66535%
C-27 Paisajismo5,0697,15441%
C-54 Azulejos de Cerámica y Mosaico3,5022,73656%
B-2 Remodelación Residencial1,23042474%
C-49 Árboles y Palmeras7849714%
C-20 HVAC (sin exención)611,2720.05%
C-8 Concreto (sin exención)105,1960.2%
C-39 Techos (sin exención)35,4050.06%
C-22 Reducción de Asbesto (sin exención)13100.3%

Las filas suman más que el total de licencias de la CSLB, lo que sugiere que una licencia con varias clasificaciones se cuenta en cada una. La tabla de la CSLB muestra unas pocas exenciones incluso en las clasificaciones sin exención y no explica por qué. Desde el 1 de enero de 2024, la CSLB tramita las nuevas solicitudes de servicio de árboles como C-49 Árboles y Palmeras, no como C-61/D-49 (boletín de la CSLB de noviembre de 2023). El B&P 7125 y la lista de cinco de la CSLB nombran la D-49, no la C-49; al 31 de julio de 2026, 78 licencias C-49 tenían una exención registrada. El informe de la CSLB de marzo de 2026 propone excluir también la C-49 de una futura exención. Es una propuesta, no una ley.

La proporción lleva años cerca del 50%. El comunicado de la CSLB de 2022 la ponía entre 50 y 60 por ciento, y los documentos de su reunión de noviembre de 2024 contaron 118,000 contratistas con licencia, el 49%. La CSLB dice que sus acciones de control muestran que muchos contratistas con una exención registrada sí tienen trabajadores (CSLB, noviembre de 2024).

Leyes y Negocios

¿El workers’ comp viene en el examen de Leyes y Negocios de la CSLB?

Sí. El seguro de compensación de trabajadores es el primer subtema de Seguros y gravámenes, que pesa cerca del 12% del examen de Leyes y Negocios (Law and Business) en la guía de estudio 13E-LAW (03-2026) de la CSLB. La contratación y la nómina están en Requisitos de empleo, cerca del 20%. El calificador de cualquier clasificación presenta este examen, salvo que aplique una exención del examen.

Lo que la CSLB pone en Seguros y gravámenes

Tres subtemas: seguro de compensación de trabajadores, seguro empresarial, y gravámenes y otros recursos. La CSLB no publica cuántas preguntas tiene cada sección. Mira las siete secciones y sus pesos, o prueba el examen de práctica gratis de Leyes y Negocios.

Cómo prepararte

Usa License Ladder como se indica. Cuesta $99 por Law & Business y trae el mazo impreso de 142 tarjetas, guías de estudio digitales y un año de la app. Estudia las tarjetas y las guías, y practica en la app con preguntas y simulacros con reloj hasta que tu puntaje de preparación se ponga en verde.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre el workers’ comp para contratistas

No. La fecha del 1 de enero de 2026 venía de la SB 216 y del comunicado de la CSLB del 11 de octubre de 2022, y la SB 1455 (Capítulo 485, Estatutos de 2024) la reemplazó. El requisito de que toda licencia activa de la CSLB tenga seguro de compensación para trabajadores empieza ahora el 1 de enero de 2028. Hasta entonces, una licencia sin empleados todavía puede presentar una exención, salvo que tenga C-8, C-20, C-22, C-39 o C-61/D-49, o que su calificador sea un RME (verificado en octubre de 2026).

La SB 1455 cambió la fecha en que toda licencia de contratista de California debe tener seguro de compensación para trabajadores. La fecha anterior, de la SB 216, era el 1 de enero de 2026. La nueva es el 1 de enero de 2028. La exención por no tener empleados sigue hasta entonces. La SB 1455 también le pidió a la CSLB crear, a más tardar el 1 de enero de 2027, una forma de revisar que quienes piden la exención no tengan empleados. El gobernador la firmó el 22 de septiembre de 2024 (SB 1455, Capítulo 485, Estatutos de 2024).

Cinco: C-8 Concreto, C-20 Calefacción por Aire Caliente, Ventilación y Aire Acondicionado, C-22 Reducción de Asbesto, C-39 Techos y C-61/D-49 Servicio de Árboles. Una licencia con cualquiera de ellas debe tener registrada una póliza de compensación o un certificado de autoaseguro del DIR. Eso aplica aunque no tenga empleados, según los requisitos de compensación de la CSLB (verificado en octubre de 2026). Si la licencia también tiene otras clasificaciones, la falta de póliza hace que la CSLB quite esa clasificación (B&P 7125(f) y (g)).

El 13L-50 es el formulario imprimible de la CSLB para la exención de compensación para trabajadores (Exemption from Workers’ Compensation, rev. 11/2022). Lo firmas bajo pena de perjurio para certificar que no empleas a nadie cubierto por las leyes de compensación de California, y debe firmarlo un dueño, socio, funcionario, miembro o gerente. No lo presentes para una licencia inactiva, una licencia calificada por un RME ni una licencia C-8, C-20, C-22, C-39 o C-61/D-49. Descárgalo de la CSLB, o presenta la misma exención en línea.

Ni un día sin cobertura. California exige que todo empleador asegure la compensación para trabajadores (Código Laboral, sección 3700), y el B&P 7125.4 hace causa de disciplina de la CSLB emplear a alguien después de presentar una exención sin antes presentar un certificado. Los 90 días de la página de compensación de la CSLB son el plazo para que tu comprobante llegue a la CSLB después de la contratación, no un periodo de gracia para trabajar sin seguro (verificado en octubre de 2026).

Sí. La página de formularios de la CSLB dice que no puedes presentar la exención si tienes empleados, incluidos los vendedores de mejoras para el hogar (HIS). Así que basta con un vendedor de mejoras para el hogar registrado. Entonces tu licencia necesita tener registrada una póliza de compensación o un certificado de autoaseguro del DIR (verificado en octubre de 2026). La misma página tampoco permite la exención cuando el calificador es un empleado administrativo responsable (RME).

No. La CSLB cuenta a un calificador que es empleado administrativo responsable (RME) como empleado, y la página de compensación de la CSLB incluye entre las condiciones que impiden la exención que la licencia esté calificada por un RME (verificado en octubre de 2026). El formulario 13L-50 de la CSLB dice lo mismo. Una licencia con un calificador RME debe tener registrada una póliza de compensación o un certificado de autoaseguro del DIR.

Sí, salvo que puedas demostrar que el ayudante es contratista independiente. Según la prueba ABC del Código Laboral, sección 2775, que la sección 3351 aplica al workers’ comp, quien trabaja por pago es empleado salvo que trabaje sin tu control, fuera de la actividad normal de tu negocio y con su propio negocio establecido en ese oficio. La sección 2781 aplica la prueba de la sección 2750.5 solo a un subcontrato por escrito con un subcontratista con licencia de la CSLB que cumpla otras cinco condiciones. Usarlos con una exención registrada arriesga disciplina (B&P 7125.4, verificado en octubre de 2026).

La licencia se suspende automáticamente, por ley, en la fecha en que vence la cobertura (B&P 7125.2). La CSLB manda un aviso, y una suspensión pendiente puede aparecer en el registro de la licencia hasta 45 días antes de que se aplique. Cualquier trabajo hecho con la licencia suspendida cuenta como trabajo sin licencia. Al 31 de julio de 2026, 4,733 licencias activas estaban suspendidas por no tener seguro de compensación, según los documentos de la reunión de septiembre de 2026 de la junta de la CSLB.

Pide a tu aseguradora que presente un certificado vigente ante la CSLB. Según el B&P 7125.1, la CSLB acepta un certificado desde su fecha de vigencia si llega dentro de los 90 días siguientes, y restablece la licencia hasta esa fecha. Pasados 90 días, solo lo hace si demuestras, en el formulario 13L-49, que el retraso estuvo fuera de tu control. La suspensión se levanta cuando la CSLB procesa el comprobante (verificado en octubre de 2026).

Una exención falsa es causa de disciplina de la CSLB según el B&P 7125.4. Desde el 1 de enero de 2026, la SB 291 agrega multas civiles mínimas por usar trabajadores sin cobertura: $10,000 por infracción para un propietario único, y $20,000 para una sociedad, corporación, LLC o negocio tribal. Las infracciones posteriores cuestan más, hasta $30,000 en total por caso. El calificador comete un delito menor. Y la CSLB no renueva la licencia hasta que haya un certificado registrado.

No. Según el B&P 7125(d), no se requiere certificado de compensación, certificado de autoaseguro ni exención mientras la licencia esté inactiva en los registros de la CSLB, y la versión de la ley que empieza el 1 de enero de 2028 mantiene esa regla. El formulario 13L-50 de la CSLB dice que no presentes exención para una licencia inactiva. Al reactivar la licencia, el requisito vuelve (verificado en octubre de 2026).

Solo si tiene empleados. Una empresa conjunta con licencia según el B&P 7029 y sin empleados puede presentar la declaración de no tener empleados en vez de una póliza, según el B&P 7125(c) actual. También es la única excepción que queda en la versión del B&P 7125 que entra en vigor el 1 de enero de 2028, cuando todas las demás licencias activas necesitarán cobertura (verificado en octubre de 2026).

Sí. En cada renovación, un contratista con licencia activa y una exención registrada debe recertificarla en el formulario de renovación o mandar un certificado de compensación vigente. Si no, la CSLB no renueva la licencia (B&P 7125.5). Si la CSLB rechaza la renovación por esto, tienes 30 días desde su aviso para mandarlo. Así la renovación cuenta desde la fecha de tu matasellos (verificado en octubre de 2026).

Al 31 de julio de 2026, 121,679 licencias activas, el 50%, tenían una exención registrada, y 114,219, el 47%, tenían póliza, según los documentos de la reunión de septiembre de 2026 de la junta de la CSLB. Entre las licencias de Construcción General (B) con póliza o exención registrada, el 59% tenía la exención; entre las C-10 Electricidad, el 52%. Los documentos de la reunión de noviembre de 2024 de la CSLB contaron 118,000, el 49%.

La CSLB tiene que crear un sistema de revisión. El B&P 7125.7 exige un proceso de verificación, con auditoría, comprobantes u otras pruebas, a más tardar el 1 de enero de 2027. En su informe de marzo de 2026 a la Legislatura, la CSLB propuso auditar al 5% de quienes presentan la exención cada año, unas 450 auditorías, además de un plan de negocios y una cuota de unos $500 por exención. Esas partes son propuestas; a octubre de 2026 no están en la ley.

Una orden de paro (stop order) prohíbe todo trabajo de empleados a un empleador sin seguro de compensación hasta que consiga cobertura, y vale desde que se entrega. La CSLB puede emitirla contra contratistas con o sin licencia (B&P 7127), igual que el Director de Relaciones Industriales (Código Laboral, sección 3710.1). No respetarla es un delito menor: hasta 60 días de cárcel del condado, una multa de hasta $10,000, o ambas. Del 1 de enero al 31 de julio de 2026, el equipo SWIFT de la CSLB emitió 181, según los documentos de su junta de septiembre de 2026.

Sí, pero solo con una ley nueva. El B&P 7125 actual vence el 1 de enero de 2028, salvo que una ley posterior, aprobada antes de esa fecha, la elimine o la extienda (B&P 7125(i)). Al 20 de octubre de 2026, leginfo no mostraba cambios después de la SB 1455. El informe de la CSLB de marzo de 2026 dice que, con la ley actual, todos los contratistas con licencia deben tener comprobante de cobertura para el 1 de enero de 2028.

Desde el 1 de enero de 2028, un Certificado de Seguro de Compensación para Trabajadores presentado por una aseguradora con licencia en California, o una Certificación de Autoaseguro del DIR, salvo que la licencia esté inactiva o sea una empresa conjunta sin empleados (B&P 7125 en su versión de 2028). La exención por no tener empleados se acaba para todos los demás. Lo que puede costar una póliza lo explicamos en nuestra guía de costos de la licencia.

El workers’ comp también viene en Leyes y Negocios

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Fuentes

De dónde sale cada dato de esta página

Consultamos y leímos cada fuente de abajo el 20 de octubre de 2026. La CSLB actualiza sus páginas y formularios; si algo de aquí no coincide con lo que dice la CSLB cuando lo leas, manda lo de la CSLB.